La nueva ley de mediación en Catalunya y el Derecho de familia.

Hoy entra en vigor la nueva ley de mediación en Catalunya, Llei 9/20 de 31 de Julio por la que se acuerda, entre otras cuestiones, la obligatoriedad de iniciar un proceso de mediación si así se estipuló en convenio ratificado por sentencia.

Esta disposición plantea situaciones que deberían agilizar los conflictos de interpretación de la vida familiar, en especial con hijos dependientes.

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Mediación en tiempos de COVID-19: Si se cierran puertas, abramos ventanas.

El sistema judicial que tenemos, si ya en circunstancias normales está sobrecargado y se caracteriza por su lentitud, en las circunstancias excepcionales en las que nos encontramos, tras la declaración del estado de alarma, se ha paralizado, suspendido, apagado: dejando para un futuro indefinido resoluciones que aunque hubieran sido dictadas hoy, ya hubieran llegado tarde. Sigue leyendo «Mediación en tiempos de COVID-19: Si se cierran puertas, abramos ventanas.»

En torno al mes de Septiembre

Septiembre es tiempo de recuperar la cotidianeidad; los niños vuelven al colegio; vuelta al trabajo ordinario de los padres y en pocos días, el recuerdo de las vacaciones es aparcado por la vorágine de la vida ordinaria y conocida.

Pero hay personas que en Septiembre, constatan de forma definitiva que comparten poco o nada con la persona que creían tener amor eterno y proyecto común; el período vacacional  y el tiempo libre les ha dejado espacio para pensar en la pareja que tienen, en la educación de sus hijos y observan con sorpresa que no hay ilusión en el proyecto y que ya nada les une en lo que creían era importante.

Es momento de no precipitarse; el primer pensamiento de romperlo todo y empezar vida nueva, pero precisamente al ser una decisión tan importante que afecta tanto a los hijos, no puede ser tomada con prisas y sin reflexión profunda.

Los abogados, diferenciamos claramente en las visitas solicitando información jurídica sobre las consecuencias del divorcio, aquellas personas que solicitan asesoramiento jurídico tras una profunda reflexión y tiempo para decidir, de aquellas que tienen prisa porque quieren solucionar rápido lo que en años han construido.

Es imprescindible conocer de un profesional especializado, las consecuencias jurídicas del divorcio, pero la decisión corresponde a las personas en su intimidad, junto con sus confidentes. Nadie puede conocer lo que realmente sucede en el interior de una pareja y por tanto, a ellos corresponde informarse, tomar conciencia y en especial, tratar de analizar la respuesta del otro, pues dependerá en gran parte de ello, si el divorcio puede ser tramitado con cierta responsabilidad o se abre «la caja de Pandora» y se cree que la justicia resuelve los conflictos emocionales y de personalidad.

Cada uno conoce internamente la pareja que ha elegido para el proyecto común; tal como se ha comportado durante la vigencia del proyecto, se comportará a la finalización del mismo: la generosidad, el respeto, la responsabilidad no nacen con el divorcio, antes al contrario. No se pueden esperar comportamientos modélicos si no han existido durante la convivencia.

Informarse es necesario; conocer las consecuencias jurídicas, imprescindible; pero cada uno deberá tratar la ruptura de forma individualizada a las características de la persona que hasta el momento, han tenido como compañero/a de vida.

21 de enero, día europeo de la mediación.

Ana trabaja en un negocio familiar de tintorerías. Conoce a Juan e inician una relación sentimental. Poco a poco, éste empieza a trabajar para el negocio, con gran ímpetu y buenas ideas. Las tintorerías comienzan a incrementar la facturación y se compran nuevos materiales y nuevas máquinas que permiten trabajar más y mejor. Son jornadas, para ambos, de 14 horas diarias.

Tras 15 años de relación, Ana decide la separación y solicita a Juan que se marche de la vivienda familiar y del negocio, pues tiene una nueva pareja y está embarazada. Sus prioridades han cambiado.

Sin embargo, durante todos estos años, los créditos de las tintorerías que habían contraído con anterioridad fueron pagados. Los préstamos para inversión también y Juan, es el autor de la buena marcha del negocio. Juan se niega a salir del negocio, pues lo considera suyo. De hecho, la madre de Ana le transmitió la titularidad del mismo con el fin de evitarse pagar los créditos que pesaban sobre el negocio y desde entonces, se han ido amortizando en su totalidad. Ana se ha limitado a trabajar a las órdenes de Juan, durante estos 15 años, pero el auténtico empresario ha sido Juan.

Ana interpone una demanda de divorcio y solicita la entrega del negocio o bien una indemnización de 600.000 euros. Juan se considera injustamente tratado, pues es él quien ha realizado los cambios necesarios en el negocio para que ahora sea próspero y no es él quien decide separarse; se le imponen las decisiones y no lo acepta.

La mediación permitirá que Ana entienda el trabajo de Juan durante 15 años, más allá de la titularidad del negocio y Juan podrá entender que la separación de Ana no es un castigo para él sino una decisión personal de vida, sin culpabilidades.

La mediación permitirá este espacio necesario para que ambos entiendan la posición del otro, se pongan en su lugar y busquen la alternativa menos dolorosa ; la que ellos encuentren, no la que pueda imponerles un tercero, que nada sabe de sentimientos ni de opiniones, sino que únicamente atiende al conflicto legal y no al real y personal entre ellos.